Glosario aprobado por R. J. N.º 151-2020-ANA
Zonas de protección de los recursos hídricos
Áreas específicas de las cuencas hidrográficas o acuíferos cuyas características naturales requieren ser preservadas, para proteger o restaurar el ecosistema, y para preservar fuentes y cuerpos de agua, así como sus bienes asociados. La Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con la autoridad ambiental y las autoridades sectoriales correspondientes, podrá declarar zonas de protección de los recursos hídricos en las que se prohíba, limite o restrinja cualquier actividad que afecte la calidad del agua o sus bienes asociados.
Zonas de veda
Áreas específicas de las cuencas hidrográficas o acuíferos cuyas características naturales requieren ser preservadas, bajo el fundamento de estudios técnicos que confirmen que la extracción del agua perjudica su sostenibilidad. La Autoridad Nacional puede declarar las zonas de veda permanente o temporal.