Glosario aprobado por R. J. N.º 151-2020-ANA

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Recarga de acuíferos

Recuperación del volumen natural e incluso aumento del reservorio subterráneo, como resultado de la intervención humana por medio de perforaciones, de pozos excavados o de la infiltración de agua a través de la superficie del terreno por infraestructura hidráulica.

Recursos hídricos

Son los cuerpos de agua continentales, superficial y subterránea; así como sus bienes asociados, incluyendo a las cuencas receptoras. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable.

Recursos hídricos continentales (Aguas continentales)

Cuerpos de agua permanentes que comprenden las aguas superficiales dulces y subterráneas, situadas hacia tierra.

Régimen hidrológico

Es el comportamiento del caudal de agua en el tiempo. Depende del régimen pluviométrico, de la temperatura de la cuenca (que determina la evapotranspiración), del relieve (pendientes), la geología, la vegetación y la acción humana. Debe incluir los valores extremos en la meteorología de la cuenca, en especial, la frecuencia de crecidas y estiaje.

Regulación (del régimen hidrológico)

Conjunto de estudios y obras que permiten almacenar el agua en períodos de excedente para utilizarla en períodos de déficit hídrico. Para regular el régimen hidrológico generalmente se utilizan las obras de almacenamiento, como los embalses de regulación.

Reserva de recursos hídricos

Derecho especial intransferible, otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, consistente en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superficial o subterránea, por un plazo determinado, con la finalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional.

Restingas

En el caso de la amazonía, para efectos de la ley: Zonas formadas por sedimentos depositados en diferentes periodos de inundación que tienen la forma de franjas convexas, cubiertas con vegetación arbustiva o arbórea, que son más elevadas que las playas y barriales, inundables periódicamente o esporádicamente, ubicadas en forma adyacente al cauce de los ríos y lagunas.

Retribución económica (por el uso del agua)

Pago que en forma obligatoria deben abonar al Estado todos los usuarios de agua como contraprestación por el uso del recurso. Se fija por metro cúbico de agua utilizada cualquiera sea el tipo del derecho de uso otorgado.

Retribución económica por el vertimiento de agua residual

Pago que el titular del derecho efectúa por verter agua residual en un cuerpo de agua receptor. Este pago debe realizarse en función de la calidad y volumen del vertimiento autorizado.

Reúso de agua residual

Utilización de aguas residuales tratadas resultantes de las actividades antropogénicas.

Riberas

Áreas de los ríos, arroyos, torrentes, lagos, lagunas, comprendidas entre el nivel mínimo de sus aguas y el que éste alcance en sus mayores avenidas o crecientes ordinarias.

Río

Corriente de agua que drena una unidad hidrográfica de forma natural y las aguas que circulan por sus afluentes o tributarios.